domingo, 5 de enero de 2014

DEBERES DE LOS ESPOSOS ENTRE SI

Deberes de los esposos entre sí

La teología moral enseña las obligaciones éticas que origina el matrimonio. Éstas son muchas e importantes, pues se corresponden con la grandeza de este sacramento. Cabe desglosarlas en dos ámbitos: deberes de caridad y deberes de justicia.
A) Deberes de caridad
La santidad del matrimonio demanda que los esposos se amen mutuamente. Al casarse, la Iglesia, con palabras de San Pablo, les recordó que debían amarse como "Cristo ama a su Iglesia". Se trata no sólo de amarse, ciertamente, con amor humano, pero también con un amor sobrenatural. Es preciso aclarar que el hombre y la mujer se casan porque se aman con amor sensible (eros) y con amor afectivo (filía). Pero el sacramento eleva ese doble amor sensible-sentimental a amor sobrenatural. El sacramento del matrimonio da a los contrayentes este amor nuevo y más perfecto, el cual, además de elevar la dignidad del matrimonio, demanda de los cristianos una mayor santidad, que alcanzan mediante el cumplimiento de todos y cada uno de los deberes propios de su estado y condición. Con la gracia del sacramento, los esposos pueden superar las dificultades que se les presenten.
De esa novedad sacramental se siguen, entre otras, dos consecuencias:
——los esposos deben conservar, fomentar y aumentar el amor humano;
——siempre, pero sobre todo cuando el amor humano decrece, los esposos han de recurrir al amor sobrenatural mediante la oración y la recepción de los sacramentos.
Los esposos pueden pecar contra los deberes del matrimonio de modo diverso:
——por omisión, en caso de que desatiendan el cuidado del afecto mutuo;
——internamente, cuando fomentan pensamientos y sentimientos malos, contrarios a la caridad, de enemistad uno contra otro;
——externamente, cuando se insultan y no se respetan mutuamente.
B) Deberes de justicia
El matrimonio es un compromiso que origina deberes y obligaciones que comprometen la vida de los cónyuges. El primer deber de justicia es superar las dificultades que se pueden presentar en la vida conyugal y que obliga a poner los medios adecuados para custodiar la fidelidad conyugal. La "unidad" e "indisolubilidad" del matrimonio exigen que se tomen las cautelas necesarias para mantener estas dos cualidades esenciales del matrimonio.
Algunos derechos-deberes reciben garantía jurídica en los diversos Códigos Civiles. Pero, además de la ley civil, vinculan la conciencia de los esposos, de forma que, si no se cumplen, ocasionan -aún en caso de que no sea delito civil- una falta moral; es decir, los esposos cometen un pecado cuando conculcan esos derechos y no cumplen los respectivos deberes.
Los pecados más frecuentes de los esposos contra la justicia son los siguientes:
Negarse a prestar el débito conyugal.- San Pablo precisa: "El marido otorga lo que es debido a la mujer, e igualmente la mujer al marido" (1Cor 7,3). Puede darse una causa justa para negarse, tal puede ser si uno de los cónyuges en ese momento estuviese bajo el efecto del alcohol o de la droga.
Respeto a los bienes propios.- Los esposos deben respetar los bienes patrimoniales y, en caso de separación de bienes, han de reconocer y acatar, según justicia, los bienes de cada uno.
Respeto a otros bienes personales.- Entre los esposos existen otros derechos que deben ser respetados. Por ejemplo, la intimidad psicológica, la vida religiosa personal, los derechos de conciencia y aquellos ámbitos de libertad que no se incluyen en los deberes propios de esposo o esposa, como son los gustos y aficiones personales, los ideales políticos y culturales, etc. Si bien, por la paz del hogar, en ocasiones, se puede ceder en favor de una convivencia conyugal armoniosa.

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